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Congreso busca sancionar y prohibir terapias de conversión de orientación sexual |

  • Foto del escritor: Tendencia Capital
    Tendencia Capital
  • 15 jun
  • 1 Min. de lectura

  • La pena sería doble, cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores, adultos mayores o personas con discapacidad


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La diputada Frinné Azuara Yarzábal propuso una iniciativa que adiciona el Código Penal del Estado para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión de la orientación sexual e identidad de género.


La legisladora indica que con estas modificaciones, se estará en concordancia con lo establecido en el Código Penal Federal, para garantizar la protección de los derechos de las personas con orientaciones sexuales, identidades y expresiones de género diversas, especialmente aquellas que históricamente han sido víctimas de exclusión y violencia.


La iniciativa busca adicionar el Capítulo VIII denominado “Delitos contra la Orientación Sexual o la Identidad de Género de las Personas” al Título Cuarto, en el cual se adicionan los artículos 190 Bis y 190 Ter del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, para establecer una sanción de dos a seis años de prisión y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.


La pena se aumentará al doble, cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de dieciocho años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

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